¿En que consiste la jubilación parcial?

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¿En que consiste la jubilación parcial?

La jubilación parcial consiste en seguir trabajando a tiempo parcial después de cumplir los 60 años de edad, lo cual permite a la persona recibir la pensión de jubilación y estar trabajando, pero como se comentó antes trabajando a tiempo parcial y lo que tenga concertado con la empresa, como un contrato de duración determinada.

Existen muchas personas que después de su jubilación quieren seguir trabajando, de ahí que venga el nombre de jubilación parcial o lo que es lo mismo estar jubilado y estar trabajando a la misma vez, es entonces donde la empresa debe hacerle al trabajador una reducción de jornada que debe estar comprendida entre el 25% y el 50% de la jornada completa.

La jubilación parcial surge de un acuerdo entre la empresa y el empleado, y está regulada por el artículo 215 de la Ley General de la Seguridad Social.

Esta jubilación no debe confundirse con la jubilación anticipada ni con la jubilación activa, ya que son diferentes.

Sin embargo, este tipo de jubilación tiene unas condiciones a tener en cuenta, al igual que ventajas e inconvenientes. A continuación veremos algunas de ellas.

Ventajas e inconvenientes de la jubilación parcial



Desde hace ya años, en España, la edad para jubilarse se ha retrasado hasta los 67 años de edad y/o como mínimo con 38 años y medio de cotización en la Seguridad Social.

La mayor ventaja, a cara del trabajador, es que puede mantener un poder adquisitivo mayor trabajando menos horas que una jubilación normal y, aún así, sigue cotizando para la Seguridad Social pudiendo así, mejorar la jubilación de los próximos trabajadores y hasta la de ellos mismos en el futuro.

Y la principal desventaja va unida a la ventaja anterior y es que, aunque cobre más que con la jubilación normal, le bajará el sueldo puesto que son menos horas de trabajo. Sigamos viendo cuantas ventajas e inconvenientes existen…

Ventajas de la jubilación parcial

La jubilación parcial cuenta con una serie de ventajas como ya hablamos anteriormente y son las siguientes:

- Les permite a los trabajadores ir desvinculándose progresivamente de su puesto de trabajo, ya que existen muchas personas que están hechos para su trabajo y fuera de este no sabe que hacer más, pues bien, esta forma de jubilarse hace que no sea tan “desesperante” el dejar de trabajar.

- No se aplica ningún coeficiente de reducción, lo que significa que esta pensión es mayor que el resto en lo que a su cuantía se refiere.

- El trabajador sigue cotizando a la Seguridad Social. La cuota será de un 8% para los autónomos, un 2% para los trabajadores y un 6% para las empresas.

- El trabajador sigue teniendo prácticamente el mismo sueldo, parte de la jubilación y parte del trabajo realizado, y trabajando menos.

- A la empresa le supone un ahorro a la hora de cotizar.

- La empresa puede renovar la plantilla sin tener que producir despidos.

Inconvenientes de la jubilación parcial

Según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la cuota media de jubilación se encuentra en 1.187 euros mensuales.

Como todo en esta vida, hay ventajas pero no podemos olvidarnos, también, de los inconvenientes y alguno de ellos son:

- Obtener la edad de jubilación sin haber aplicado coeficientes reductores.

- Tener cotizado mínimo los últimos 15 años.

- El salario se reduce entre un 25% a un 50% del sueldo.

- No todos pueden acceder a este tipo de jubilación, ya que no se cumplen todos los requisitos.

- Para el Sistema Público supone un coste al no aplicarse, en la jubilación parcial, los coeficientes reductores.

¿Qué requisitos debo cumplir para optar a una jubilación parcial?

Para cualquier gestión que se necesite hacer, y sobre todo de la Seguridad Social, se debe tener en cuenta que pedirán requisitos que se deberá cumplir, son:

- Ser trabajador a jornada completa.

- Estar cotizando en la Seguridad Social.

- La reducción de jornada será de 25% a un 50%.

- Tiene que tener una antigüedad de 6 años mínimos en la empresa antes de la jubilación.

- Debe haber cotizado 33 años, y en caso de discapacidad de un 33% o superior será 25 años..

Los trabajadores que tengan menos de la edad y reúnan los demás requisitos podrán pedir la jubilación parcial.